Certificacion Energetica 

El Certificado de Eficiencia Energética es un documento que califica una vivienda, local u oficina en función de dos factores: consumo de energía y nivel de emisiones de CO2. Lo emite un técnico en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de instalaciones térmicas.

 

La Etiqueta de Eficiencia Energética es el documento que se obtiene tras el registro del Certificado de Eficiencia Energética competente de cada Comunidad Autónoma.

 

La ley obliga al propietario del inmueble a presentar la Etiqueta de Eficiencia Energética en la venta de inmuebles y al establecer un contrato de arrendamiento, así como a mostrarla cuando haga publicidad de venta o arrendamiento del inmueble.

¿ Que pasa si no tengo certificacion energetica ?

Estas dependeran el tipo de sancion que representen  ( Leve  - Grave - Muy grave ) y  de las cuales se describen a continuacion: 

 

Sanciones leves (de 300 a 600€)

 

  1. Anunciar la venta o el alquiler en inmobiliarias u otros medios sin hacer mención a la calificación energética del inmueble (letra de la A a la G)
  2. No exhibir la etiqueta energética en los edificios públicos y en los privados de superficie superior a 500m2 que son frecuentados por el público (por ejemplo, centros comerciales)
  3. No renovar el certificado cuando caduque. La validez máxima del certificado es de 10 años.
  4. Publicitar la venta o arrendamiento de un inmueble mostrando la “calificación prevista en el proyecto” cuando ya existe la “calificación del edificio terminado”. Por ejemplo, si un promotor anuncia pisos en venta y tiene la calificación del edificio terminado, no puede anunciar la venta de los pisos con la calificación prevista en proyecto, porque pueden no coincidir. (Esto sólo suele tener sentido para edificios construidos después del año 2007, pues antes no se solía realizar la calificación en la fase de proyecto)
  5.  

Sanciones graves (de 601 a 1000€)

 

  1. Vender o alquilar un inmueble sin que el propietario entregue el certificado en vigor al comprador o arrendatario. Sin duda, la mas importante de todas.
  2. No registrar el certificado en el órgano competente de la comunidad autónoma. Efectivamente, esto es responsabilidad del propietario porque es algo que sólo puede realizar el dueño del inmueble, no puede realizarlo el técnico. Puede leer mas sobre el proceso de registro aquí, pero no debe de preocuparse, pues un técnico bien formado sabrá indicarle fácilmente donde y cómo realizar el registro (es diferente en cada comunidad autónoma).
  3. Mostrar una etiqueta que no se corresponda con el certificado real, tanto en la promoción para la venta o alquiler como exhibiéndola al público cuando sea obligatorio.

 

Sanción muy grave (de 1.001 a 6.000 euros)

 

  1. Publicitar la venta o alquiler de un inmueble con una certificación energética sin tener realmente un certificado energético o teniendo uno que no esté en vigor.
  2. Falsear la información en la fase de registro del certificado