I.T.E  - Inspeccion Tecnica de Edificios 

Quienes estan obligados a presentar la I.T.E

La inspección técnica de edificios también conocida como ITE es una revision obligatoria que tienen que pasar todos los edificios en España para comprobar su seguridad, su salubridad y su ornato público y decoro.

 

Mediante este sistema se comprueba la obligación que tienen los propietarios de viviendas de mantener en buen estado, conservar, mantener y rehabilitar sus inmuebles, en cumplimiento del Decreto 67/2015 de 5 de Mayo , para el fomento del ley de conservacion , mantenimiento y rehabilitacion de los edificios de viviendas mediante ls inspecciones tecnicas y el libreo del edificio

 

Las ITEs están reguladas por los Ayuntamientos a través de las ordenanzas. Si el Ayuntamiento no cuenta con su propia ordenanza se recurrirá a la de la Comunidad Autónoma y si esta tampoco dispusiera legislación sobre las ITES se recurriría a la Estatal establecida en el Real Decreto Real Decreto 8/2011, de 1 de julio.

Quienes estan obligados a presentar la I.T.E

 1. Los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que a fecha 28 de junio de 2013, tuvieran ya una antigüedad superior a 50 años, deberán pasarla el día 28 de junio de 2018, como máximo.

2. Los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que vayan alcanzando la antigüedad de cincuenta años, a partir del 28 de junio de 2013, en el plazo máximo de 5 años, a contar desde la fecha en que alcancen dicha antigüedad. Tanto en los supuestos de este número como en los del número 1) anterior, si los edificios contasen con una inspección técnica vigente, realizada de conformidad con su normativa aplicable, antes del 28 de junio de 2013, solo se exigirá el Informe de Evaluación cuando corresponda su primera revisión.

3. Los edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas con el objetivo de acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética, deberán disponer del Informe de Evaluación de los Edificios en fecha anterior a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda

Todos los edificios que lleguen o vayan llegando a los 50 años deben de obtener el IEE entre Junio de 2018 y 2023. Si ya tiene la ITE antes de Junio de 2013, sólo tendrá que obtener el IEE al renovar la ITE.

¿No presentar la I.T.E acarrea multas o sanciones ?

La inspección técnica de edificios está regulada por el Decreto 67/2015, y el incumplimiento de la obligación de pasarla es una falta grave, según dispone la ley del derecho a la vivienda, y puede comportar sanciones entre 9.000 y 90.000 euros, especialmente en el caso de que se produzca algún incidente que afecte a bienes o personas

 

Una I.T.E es una oportunidad para salvar vidas